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Para poder realizar una planificación fiscal más efectiva usted puede abrir una sociedad Holding en la Unión Europea con una tributación menor a la que tiene en España, por ejemplo, Chipre (12,5%), Irlanda (12,5%), Bulgaria (10%), Rumania (9%), Andorra (4%), Reino Unido (19%). Esta sociedad offshore, puede ser accionista completamente de la sociedad Española y de esta forma usted puede canalizar todas las ventas y compras a través de la sociedad Holding. Las precauciones que usted tiene que tener en cuenta son: La actividad de la sociedad Holding tiene que ser real, no se pueden deducir facturas que no correspondan a la actividad de la empresa, las facturas vinculadas entre ambas empresas tienen que ser reales y no podrá realizar facturas ficticias, tenga en cuenta que este tipo de operativa está muy perseguido por las leyes y dependiendo de la gravedad podría tener sanciones muy altas.